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Las exportaciones españolas de materias primas plásticas reciclables muestran desde 2020 una tendencia al alza.

RECICLADOS

Ligero descenso en las importaciones

España aumentó las exportaciones de residuos plásticos reciclables en 2023 más que ningún otro país de la UE

Jorge Rodríguez

27 de mayo de 2024

España aumentó por cuarto año consecutivo sus exportaciones de residuos, desechos y subproductos plásticos reciclables en 2023, y lo hizo en mayor medida que ningún otro país de la UE. El incremento fue de un 80%, el mayor registrado en España en toda la serie histórica. Según los últimos datos de Eurostat, nuestro país es el tercer mayor exportador de materias primas plásticas reciclables de toda la UE, sólo superado por Alemania y Bélgica, que ocupan el primer y segundo puesto, respectivamente.

El incremento fue de un 80%, el mayor registrado en España en toda la serie histórica

Las exportaciones españolas de materias primas plásticas reciclables descendieron notablemente en 2018, año en el que China prohibió las importaciones de estos residuos. En ese año, se redujeron un 51%, y en 2019 volvieron a reducirse un 54%. En dos años, España pasó de exportar casi 240.000 Tms. de residuos plásticos a alrededor de 54.000 Tms. En mayor o menor medida, esta reducción de las exportaciones se produjo en prácticamente todos los países de la UE.

Desde 2020, las cifras en España han vuelto a mostrar una tendencia al alza. El año pasado, se exportaron 181.540 Tms. de residuos plásticos reciclables, registrando el mayor incremento de toda la serie histórica que publica Eurostat, que se remonta a 2014.

Atendiendo a las importaciones, España es el cuarto mayor receptor de residuos plásticos de la UE, por detrás de Suecia, Países Bajos y Alemania, que ocupan, por ese orden, los tres primeros puestos. Nuestro país importó 73.138 Tms. de residuos plásticos en 2023, un 4% menos que el año anterior. Suecia, el mayor importador, presenta a su vez un volumen de exportaciones muy bajo, un 95% inferior al promedio de la UE.

España es el cuarto mayor receptor de residuos plásticos de la UE, por detrás de Suecia,     Países Bajos y Alemania

En total, las exportaciones europeas de materiales potencialmente reciclables alcanzaron los 39,3 millones de Tms. Eurostat incluye en esta cifra a los metales (los más exportados, un 54% del total), papel y cartón (11%) o materias orgánicas de origen animal o vegetal (11%), entre otros. Los plásticos aparecen como la quinta categoría de residuos más exportados, con alrededor de 1,3 millones de Tms., detrás de los textiles.

A partir de mayo de 2026, ya no será posible exportar residuos plásticos desde Europa a países que no forman parte de la OCDE.

El pasado 20 de mayo entró en vigor el nuevo Reglamento sobre traslado de residuos que establece normas más estrictas sobre la exportación de residuos a países no pertenecientes a la UE. La nueva norma establece que, a partir de mayo de 2026, ya no será posible exportar residuos plásticos desde Europa a países que no forman parte de la OCDE.

Entre los países que forman parte de la OCDE, estará permitido el traslado de residuos siempre que se haga dentro de un procedimiento de notificación y autorización previa (PIC) que establece el Reglamento. Según el texto de la nueva norma, a partir de “como pronto, el 21 de mayo de 2029” los países que no forman parte de la OCDE podrán presentar una solicitud para recibir residuos, pero deberán cumplir con una serie de requisitos que aseguren que los desechos serán objeto de un tratamiento adecuado en su destino, sin causar efectos perjudiciales para el medio ambiente. 

España es el tercer mayor exportador de materias primas plásticas reciclables de toda la UE.

“La evaluación se basará en la información y las pruebas justificativas proporcionadas por el país solicitante, así como en otra información pertinente, y determinará si el país solicitante cumple los requisitos establecidos”, señala el texto del Reglamento, que establece una exhaustiva lista de condiciones. Además, habrá mecanismos de control para vigilar que se cumplan las medidas impuestas. Entre estos mecanismos, habrá un comité de control destinado a mejorar la cooperación entre los países de la UE que también tendrá competencias de inspección.  También se digitalizará el intercambio de información y datos sobre los traslados de residuos dentro de la UE a través de un centro electrónico central. “Es imperativo que la emisión e intercambio de información y datos relativos a los traslados de residuos dentro de la Unión se realicen por medios electrónicos”, dice el Reglamento.

Desde la Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (FER) y la Confederación Europea de Industrias del Reciclaje (EuRIC), se han mostrado muy críticos con la nueva norma. “El principal talón de Aquiles de este Reglamento es el equívoco que genera la propia definición de residuo que, pese a los numerosos intentos de la industria del reciclaje por lograr su modificación, no hace distinción entre las materias primas recicladas que se han tratado por los gestores de los residuos sin tratar y la basura”, ha explicado Alicia García-Franco, vicepresidenta de EuRIC. 

A partir de 2029, sólo se podrán exportar residuos plásticos si el país de destino certifica que puede tratarlos adecuadamente, sin dañar el medioambiente

“Es justo y razonable que, como señala la normativa, se restrinjan las exportaciones de residuos que tengan efectos nocivos para el medio ambiente y la salud en terceros países”, dice García-Franco, quien señala que estas restricciones deben afectar “única y exclusivamente a los residuos sin tratar y a la basura y que tendría que centrarse especialmente en los traslados ilegales”.

El nuevo Reglamento sobre traslado de residuos establece estrictos controles a las exportaciones de estos materiales.

Juan Ignacio Xiberta, abogado experto en asesoramiento medioambiental, cree que esta legislación fracasará en la consecución de alguno de sus objetivos al buscar “una aplicación más uniforme de las normas en materia de traslados de residuos en toda la Unión”. Xiberta considera que esto “es coherente con la utilización del Reglamento en lugar de una directiva. Sin embargo, vano decir que la clave no está tanto en la norma como en la organización interna de cada estado o región con competencias. Permítanme mostrarme muy escéptico en cuanto al éxito de este objetivo”.